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Denunciar una negligencia médica: el caso de la Seguridad Social

Procederemos a denunciar una negligencia médica en la Seguridad Social cuando se trate de una reclamación judicial contra la sanidad pública.

Si una negligencia médica ha ocasionado daños o perjuicios que se puedan evaluar económicamente, puede exigirse indemnización.

En aplicación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículos 139 y siguientes, en el supuesto de que ese servicio prestado haya ocasionado daños o perjuicios que se puedan evaluar económicamente, puede exigir indemnización, en virtud de la responsabilidad patrimonial que las Administraciones Públicas tienen a consecuencia de su funcionamiento normal o anormal, mediante escrito dirigido a los Servicios Centrales del Servicio de Salud Público.

Seguro de responsabilidad civil

El servicio público dispone de seguro de responsabilidad civil que cubre los perjuicios que puedan surgir de las negligencias médicas reclamadas a la Seguridad Social.

En tal caso debe presentarse reclamación administrativa por la negligencia médica a la Seguridad Social, que ponga en conocimiento de los hechos a la Administración, y esperar su respuesta (transcurrido un año sin haber realizado dicha reclamación previa prescribiría la posibilidad de reclamar).

 

Plazo para denunciar ante la Seguridad Social por negligencia médica

Respecto al plazo, debe iniciarse en un año desde la ocurrencia de la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente, o en el caso de que a causa de esta negligencia médica se cause o agrave una lesión/daño/enfermedad este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que cure o estabilice esta lesión/daño/enfermedad.

La cura o estabilización se produce cuando la víctima recibe el alta de las lesiones provocadas, bien porque ya están curadas o bien porque ya están estabilizadas, y por tanto consolidadas como secuela para el resto de su vida.

Este procedimiento persigue una indemnización por los daños generados (secuelas físicas o psíquicas, daños morales y perjuicios económicos), por lo que de forma directa no tiene repercusión para el médico que cometió la negligencia.

En el caso de no ser acogidos los pedimentos, será  conveniente acudir a los tribunales y por ello se hace imprescindible el asesoramiento de un abogado experto en denuncias ante la Seguridad Social.


Si está pensando en denunciar una negligencia médica en la Seguridad Social cuente con lo profesionales de SuperAbogado.

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